Identificador persistente para citar o vincular este elemento: http://hdl.handle.net/10662/14726
Títulos: El Tribunal de Justicia de la Comunidades Europeas como garante del Derecho Comunitario por las propias instituciones y órganos comunitarios
Otros títulos: The European Court of Justice as guarantor of Community law by the Community institutions and bodies themselves
Autores/as: Villamor Morgan-Evans, Lloyd de
Palabras clave: Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea;Derecho Comunitario;European Court of Justice;EU Law
Fecha de publicación: 2002
Editor/a: Universidad de Extremadura, Servicio e Publicaciones
Resumen: La primera función que los Tratados constitutivos de la Comunidad Europea atribuyen al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas es la de garantizar el respeto de las constitucionalidad y de la legalidad comunitarias por la propias instituciones y órganos comunitarios. El Tribunal es, así pues, el Tribunal Constitucional y Contencioso-Administrativo de las Comunidades Europeas. Por tanto, al cumplimiento de esta doble función se estructuran en particular las siguientes competencias: la competencia para conocer de los recursos de anulación o de nulidad; la competencia para conocer de los llamados recursos por omisión; la competencia para conocer de las cuestiones prejudiciales de validez planteadas por órganos jurisdiccionales nacionales; la competencia para conocer los recursos por responsabilidad extracontractual de las Comunidades; la competencia para, conocer de los litigios entre las Comunidades y el personal a su setvicio; así como la competencia para conocer de las solicitudes formuladas por el Consejo, la Comisión o un Estado miembro con el objeto de que el TJ.C.E. emita un dictamen sobre la compatibilidad con el Tratado de un proyecto de acuerdo entre la Comunidad y uno o varios terceros Estados o una organización internacional.
The first function conferred on the Court of Justice of the European Communities by the Treaties establishing the European Community is to ensure that the Community institutions and bodies themselves comply with the Community's constitutionality and legality. The Court is thus the Constitutional and Administrative Court of the European Communities. European Communities. It therefore has the following powers to fulfil this dual function: jurisdiction to hear actions for annulment or for a declaration of invalidity; jurisdiction to hear actions for failure to act; jurisdiction to hear preliminary rulings on questions of validity referred by national courts; jurisdiction to hear actions for non-contractual liability of the Communities; jurisdiction to hear disputes between the Communities and their staff; and jurisdiction to hear applications made by the Council, the Commission or a Member State for an opinion from the CJ. C.E. to give an opinion on the compatibility with the Treaty of a draft agreement between the Community and one or more third States or an international organisation.
URI: http://hdl.handle.net/10662/14726
ISSN: 0213-988X
Colección:AFDUE Nº 19-20 (2001-2002)
DDPRI - Artículos

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