Identificador persistente para citar o vincular este elemento: http://hdl.handle.net/10662/2122
Títulos: El concepto de daño en el contrato de seguro
Autores/as: Vega Vega, José Antonio
Palabras clave: Daño (Derecho);Valoración del daño;Dolo;Tipología del daño;Contrato de seguro;Property damage;Assessment of damage;Intention (criminal law);Type of damage;Insurance contract
Fecha de publicación: 1999
Editor/a: Universidad de Extremadura. Centro Universitario de Plasencia
Fuente: VEGA VEGA, J.A. 1999. El concepto de daño en el contrato de seguro. “Revista de Estudios Económicos y Empresariales”, 12, pp. 139-203. ISSN 0212-7237
Resumen: La idea de daño está íntimamente ligada a la noción de contrato de seguro, configurándose el daño como un elemento fundamental del mismo. Así, el artículo 1º de la Ley 50/98, de 8 de octubre, define el contrato de seguro como "aquél por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es el objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido". O lo que es lo mismo, la finalidad económica de todo seguro es, en contraprestación al cobro de una prima, la satisfacción de una futura necesidad pecuniaria.
The idea of damage is intimately linked to the notion of contract of insurance, constituting the damage as a fundamental element of it. The article 1 of the Law 50/98, of October 8, defines the contract for insurance as "that by which the insurer is obliged, by charging a premium if the event, whose risk is the object of coverage occurs, to indemnify, within agreed limits the damage" or, what is the same, the economic aim of any insurance is in consideration for the payment of a premium, the satisfaction of future pecuniary need.
URI: http://hdl.handle.net/10662/2122
ISSN: 0212-7237
Colección:DDPRI - Artículos
REEE Nº 12 (1999)

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