Identificador persistente para citar o vincular este elemento: http://hdl.handle.net/10662/2490
Títulos: Irregularidades, protestas e incidencias en el proceso de transformación de bienes nacionales del siglo XIX
Autores/as: García Pérez, Juan
Palabras clave: Desamortización;Derecho de propiedad;Siglo XIX;Bienes nacionales;Confiscation;Property rights;19th century;National heritage
Fecha de publicación: 1983
Editor/a: Universidad de Extremadura. Servicio de Publicaciones
Resumen: El estudio analiza el ambiente en que se desarrolló el proceso de transformación de dominios en la Extremadura del siglo XIX. Se presentan los de la provincia de Cáceres aunque este tipo de incidencias y arbitrariedades pueden ser trasladadas a otras zonas del país. Para su descripción se agrupan en diferentes tipologías. En el fondo de toda esa mala gestión pericial se encontraba, casi siempre, el deseo desenfrenado de algunos personajes influyentes de adquirir por cualquier medio las propiedades subastadas. Así, cuando no actúan ellos mismos como tasadores ejercen un sin fin de presiones para satisfacer su apetencia de tierras. La ignorancia sobre la titularidad jurídica de algunas propiedades explica que en algunos pueblos se subastaran bienes cuyos derechos pertenecían a particulares, así como otro tipo de irregularidades. Son muchos los casos que ejemplifican acerca de los errores, vicios y deficiencias existentes a lo largo del proceso desamortizador. Tal vez el mayor conjunto de irregularidades se encuadren en el bloque calificado como enajenación de bienes de aprovechamiento común y dehesas boyales. Uno de los objetivos básicos del proceso desamortizador consistía en «crear una copiosa familia de propietarios»; uno de los principios básicos del sistema liberal decimonónico; el más firme apoyo de los gobiernos en el siglo XIX, ya fueran moderados o progresistas, conservadores o liberales, se encontraba en los propietarios; hasta la implantación del sufragio universal, muy avanzado ya el siglo pasado, los derechos políticos e individuales en general eran sólo los derechos de los propietarios. En consecuencia, no puede considerarse como una absoluta novedad el hecho de que la actitud más generalizada del Estado tendiese a proteger la seguridad jurídica y los intereses de los compradores, convertidos en dueños/propietarios de las fincas tras su participación en las subastas.
URI: http://hdl.handle.net/10662/2490
ISSN: 0211-0636
Colección:DHIST - Artículos
Norba Nº 4 (1983)

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